El Congreso INBLAC 2026, bajo el lema «Más allá del checklist. Cómo preparar el nuevo marco AML europeo a través del Informe de Experto Externo», dedicó una parte relevante de su programa a uno de los ámbitos que más importancia está adquiriendo en la práctica profesional de la prevención: las sanciones financieras internacionales.
La tercera ponencia de la jornada corrió a cargo de Lupicinio Rodríguez Jiménez, socio director de Lupicinio International Law Firm y especialista en sanciones internacionales, quien aportó una mirada especialmente útil para los profesionales de PBC/FT: la necesidad de entender las sanciones no como un apéndice del cribado de listas, sino como un verdadero sistema de control, gobierno y gestión del riesgo.
Su intervención permitió ampliar el foco del Congreso. Tras analizar el nuevo mapa normativo europeo y la forma de aterrizarlo en los sujetos obligados, la ponencia de Rodríguez situó el debate en un terreno cada vez más decisivo: la conexión entre prevención del blanqueo, sanciones internacionales, estructuras corporativas complejas, geopolítica, cadena de suministro y controles de exportación.
Las sanciones internacionales como riesgo de cumplimiento
Uno de los primeros mensajes de la intervención fue que las sanciones internacionales forman parte de una realidad mucho más amplia que la mera inclusión de nombres en una lista. El ponente recordó que, históricamente, las sanciones han sido utilizadas como instrumento de política exterior, seguridad internacional y presión sobre Estados, organizaciones o personas designadas.
Sin embargo, desde la perspectiva de las empresas y de los sujetos obligados, lo relevante no es solo valorar si las sanciones son más o menos eficaces desde el punto de vista geopolítico. Lo verdaderamente importante es comprender que su aplicación genera obligaciones concretas, riesgos operativos, posibles responsabilidades y necesidades de control que ya no pueden gestionarse de forma periférica.
En este sentido, la ponencia trasladó una idea de fondo: las sanciones financieras internacionales han dejado de ser una materia exótica o reservada a grandes bancos y operadores globales. Cada vez afectan a más sectores, a más operaciones y a más decisiones ordinarias de negocio. Y, precisamente por ello, deben integrarse en los programas de cumplimiento con una metodología propia y con evidencias suficientes.
La conexión entre PBC/FT y sanciones
Una de las aportaciones más relevantes de la intervención fue la conexión entre prevención del blanqueo de capitales y control de sanciones internacionales. Aunque ambas disciplinas no son idénticas, comparten herramientas, lógicas de análisis y una misma necesidad de conocer con profundidad a clientes, contrapartes, titulares reales, intermediarios y estructuras de control.
Lupicinio Rodríguez explicó que las técnicas utilizadas para prevenir la elusión o circunvención de sanciones se aproximan, en muchos aspectos, a las que ya manejan los profesionales de PBC/FT. En ambos casos hay que analizar estructuras corporativas complejas, identificar beneficiarios últimos, revisar operaciones que pueden parecer neutras y detectar riesgos que no siempre se encuentran en el primer nivel documental.
La diferencia está en la finalidad. En prevención del blanqueo, el objetivo principal es detectar dinero ilícito y operaciones sospechosas. En sanciones, el objetivo es impedir transacciones prohibidas, bloquear fondos o activos cuando proceda y evitar relaciones con sujetos, sectores, bienes o jurisdicciones afectados por medidas restrictivas. Pero, en ambos casos, el reto práctico es muy similar: saber quién está realmente detrás de la operación y poder demostrar que se han realizado los mejores esfuerzos para averiguarlo.
Estructuras complejas, titularidad real y exposición indirecta
La ponencia puso especial énfasis en el análisis de estructuras corporativas complejas. En materia de sanciones, como en PBC/FT, no basta con quedarse en la apariencia formal de una sociedad, ni con aceptar sin más la información inicial que se presenta en una operación. Los riesgos pueden aparecer en filiales, agentes, distribuidores, apoderados, fiduciarios, sociedades interpuestas o personas que actúan en nombre de terceros beneficiarios.
Este enfoque tiene una consecuencia práctica muy clara para los sujetos obligados: el análisis de titularidad real debe ser sustantivo y no meramente documental. No se trata solo de identificar un porcentaje de participación o archivar una declaración, sino de comprender si la estructura permite ocultar control, influencia, beneficio económico o exposición indirecta a una persona o entidad sancionada.
Lupicinio Rodríguez subrayó que lo importante, ante un regulador o autoridad competente, será poder acreditar que la organización ha utilizado metodologías razonables, herramientas adecuadas y criterios diligentes para intentar llegar al verdadero beneficiario último de la operación. En otras palabras, la defensa del sistema no se construye con afirmaciones genéricas, sino con evidencias de análisis.
Transporte, cadena de suministro y operaciones aparentemente ordinarias
Otro bloque especialmente valioso de la intervención se centró en las operaciones comerciales y de transporte. El ponente recordó que, en el contexto actual, operaciones que antes podían considerarse ordinarias o incluso exitosas para una compañía deben analizarse hoy con una mirada más exigente.
El transporte marítimo, los conocimientos de embarque, los transbordos, los puertos intermedios y el destino real de la mercancía pueden ser elementos críticos para detectar riesgos de elusión. Una mercancía que formalmente se dirige a un país no sancionado puede terminar vinculada a otro destino, a otra contraparte o a una cadena comercial con exposición indirecta a jurisdicciones o sujetos afectados por sanciones.
Esta reflexión resulta especialmente importante para empresas con actividad internacional, grupos con filiales, operadores comerciales, intermediarios, exportadores y organizaciones que trabajan con bienes sensibles, minerales críticos, fertilizantes, tecnología o materiales de doble uso. En estos casos, el mapa de riesgos no puede limitarse al cliente directo ni al país declarado, sino que debe extenderse a la cadena de suministro, a la logística y al uso final de los bienes o servicios.
Screening, actualización y capacidad de reacción
La intervención permitió también distinguir entre el enfoque tradicional de monitorización propio de la PBC/FT y el screening específico en materia de sanciones. En sanciones, la actualización de listas, la revisión periódica, el rescreening cuando proceda y la capacidad de reacción inmediata resultan esenciales.
El Ponente recordó que las listas de sanciones cambian, que pueden incorporarse nuevas personas o entidades y que, excepcionalmente, también pueden salir sujetos previamente designados. Por tanto, el sistema no puede apoyarse en revisiones puntuales o en controles estáticos. Debe existir una capacidad real de actualización, análisis de coincidencias, gestión de falsos positivos y documentación de las decisiones adoptadas.
En este punto, la ponencia conectó directamente con una de las ideas transversales del Congreso: la evidencia. No basta con disponer de una herramienta de screening. Hay que poder acreditar qué listas se han utilizado, cuándo se han actualizado, qué coincidencias se han generado, cómo se han analizado, quién ha decidido el descarte o la escalada y qué medidas se han adoptado cuando se ha identificado un riesgo relevante.
Un escenario regulatorio más duro y más complejo
La mirada de Lupicinio Rodríguez aportó también una advertencia sobre la evolución del entorno sancionador. Su experiencia permitió trasladar a los asistentes que los reguladores están actuando con creciente dureza y que, en determinadas jurisdicciones, la presión sobre empresas, activos y personas designadas se está intensificando.
Desde la perspectiva de cumplimiento, esta evolución obliga a no subestimar la materia. La aplicación de sanciones internacionales puede tener consecuencias económicas, contractuales, reputacionales e incluso penales. Además, puede generar conflictos entre jurisdicciones, dudas sobre la ejecución de medidas, tensiones con sentencias judiciales o problemas derivados de activos congelados en distintos países.
Para los profesionales de PBC/FT, la conclusión práctica es clara: los programas de prevención deben incorporar una lectura más amplia del riesgo internacional. La organización debe saber dónde opera, con quién opera, qué bienes o servicios presta, qué jurisdicciones intervienen, qué terceros participan y qué cambios geopolíticos pueden alterar el perfil de riesgo de una relación de negocio.
Geopolítica, controles de exportación y alertas tempranas
Uno de los mensajes más diferenciales de la ponencia fue la necesidad de incorporar la geopolítica al mapa de riesgos. No se trata de convertir a los responsables de cumplimiento en analistas internacionales, sino de entender que las sanciones nacen, cambian y se endurecen en función de decisiones políticas, conflictos, elecciones, alineamientos estratégicos y movimientos económicos globales.
Por ello, Rodríguez recomendó seguir con atención los cambios geopolíticos, las jurisdicciones que empiezan a adquirir relevancia, los sectores abandonados por determinados operadores, las sustituciones en cadenas de suministro y la entrada de nuevos actores en industrias sensibles. Muchas veces, esos movimientos anticipan riesgos antes de que aparezcan reflejados de forma evidente en una lista.
En términos prácticos, el programa de cumplimiento debe prestar atención a sanciones a terceros, supply chain, controles de exportación, materiales de doble uso, indicadores de alerta temprana y protocolos de escalado. Este enfoque resulta especialmente útil para organizaciones que realizan comercio internacional, trabajan con tecnología, participan en operaciones de financiación, intervienen en transacciones inmobiliarias o asesoran en inversiones y desinversiones en países críticos.
Relación con el regulador y cooperación entre operadores
La parte final de la intervención dejó dos ideas de especial valor práctico. La primera fue la importancia de evolucionar hacia una relación más proactiva con el regulador. En materia de sanciones, como en PBC/FT, la transparencia, la consulta y la capacidad de explicar el criterio seguido pueden ser elementos relevantes para demostrar diligencia.
No se trata de trasladar al regulador la responsabilidad de decidir por la organización, sino de evitar una gestión opaca, improvisada o puramente defensiva. Cuando existen dudas razonables, operaciones complejas o escenarios de riesgo elevado, documentar el análisis y, cuando proceda, consultar o contrastar criterios puede reforzar la posición del sujeto obligado.
La segunda idea fue la necesidad de cooperación, especialmente para pequeños operadores, boutiques y organizaciones con menos recursos. Rodríguez apuntó la posibilidad de crear corredores de cooperación o clusters que permitan acceder a mejores herramientas, compartir conocimiento técnico y competir con mayor capacidad frente a estructuras que cuentan con grandes recursos internos.
Una ponencia para ampliar el campo de visión
La intervención de Lupicinio Rodríguez aportó al Congreso INBLAC 2026 una perspectiva imprescindible: la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo no puede entenderse al margen del contexto internacional, de las sanciones financieras, de la geopolítica y de las nuevas formas de exposición indirecta.
Su ponencia permitió recordar que el cribado de listas es solo el punto de partida. Un verdadero programa de sanciones exige gobierno, metodología, análisis de estructuras complejas, revisión de terceros, control de cadena de suministro, protocolos de congelación y bloqueo, actualización permanente, evidencias documentadas y capacidad real de escalado.
En definitiva, el mensaje encajó plenamente con el espíritu del Congreso: ir más allá del checklist. En materia de sanciones, ese salto significa dejar de tratar las listas como una comprobación aislada y empezar a construir sistemas capaces de comprender el riesgo, anticipar señales, reaccionar a tiempo y demostrar, ante la organización y ante el regulador, que se ha actuado con diligencia, criterio técnico y responsabilidad.
Redacción: Francisco Bonatti Bonet



